Facturación electrónica para exportadores

Exportar es una de las operaciones más rentables para una empresa peruana, pero también una de las más sensibles ante SUNAT. Una factura de exportación mal emitida puede perder su condición de operación inafecta, generar rechazos o complicar tus trámites posteriores. Si vendes bienes o servicios a clientes en el exterior, esta guía te explica qué exige la factura electrónica de exportación, qué datos son distintos a una factura local y cómo evitar los errores más frecuentes.

Sí. SUNAT estableció la emisión electrónica para las operaciones de exportación de bienes desde el 1 de julio de 2018 y para la exportación de servicios desde el 1 de enero de 2018. Hoy, los contribuyentes en Régimen General, Régimen MYPE Tributario o Régimen Especial deben sustentar sus ventas al exterior con comprobantes electrónicos. Si exportas, no existe alternativa en papel.

A primera vista, la factura de exportación se emite igual que una factura nacional, pero se marca como operación de exportación y no lleva IGV (tasa 0%). Esa diferencia, aparentemente simple, trae consigo reglas técnicas precisas que SUNAT valida de forma automática:

  • Tipo de operación específico. El catálogo de SUNAT reserva los códigos 0200 a 0208 para exportaciones. El 0200 corresponde a la exportación de bienes; los demás cubren distintos tipos de servicios, como los realizados íntegramente en el país (0201), el hospedaje a no domiciliados (0202), el transporte de navieras (0203), los servicios a naves y aeronaves de bandera extranjera (0204), los paquetes turísticos (0205), los servicios complementarios al transporte de carga (0206) y los servicios realizados parcialmente en el extranjero (0208).
  • Afectación al IGV de exportación. Cada ítem debe registrarse con el tipo de afectación propio de exportación. Si el tipo de operación es de exportación pero el ítem tiene otra afectación, el comprobante es observado o rechazado.
  • Sin mezclar con ítems gravados. Una factura de exportación no debe combinar líneas de exportación con ítems gravados, exonerados o inafectos.
  • Cliente del exterior. El receptor no tiene RUC: debes identificarlo con el documento que corresponda a su país y consignar el país de destino.
  • Incoterm. En la venta de bienes, la factura debe reflejar las condiciones de entrega pactadas con el comprador (por ejemplo, FOB o CIF).
  • Datos adicionales en servicios. Cuando exportas servicios, debes indicar el país de uso y describir el servicio prestado.

Dos plazos merecen atención especial:

  1. Envío a SUNAT u OSE. La factura electrónica y sus notas vinculadas deben enviarse en la fecha de emisión o, como máximo, dentro de los 3 días calendario siguientes. Lo que se envía fuera de ese plazo no tiene la calidad de factura electrónica, aunque ya se lo hayas entregado a tu cliente.
  2. Condición de exportación de los bienes. La Ley del IGV exige que los bienes se embarquen dentro de plazos definidos para que la venta conserve su condición de exportación. Coordina este punto con tu agente de aduanas y tu contador, porque la factura electrónica es solo una parte del sustento de la operación.
  • Usar el tipo de operación equivocado (confundir exportación de bienes con exportación de servicios).
  • Emitir con afectación distinta a la de exportación, lo que genera rechazo automático.
  • Omitir el Incoterm o el país del cliente.
  • Mezclar en un mismo comprobante líneas de exportación con ventas locales gravadas.
  • Enviar tarde la factura y perder su validez como comprobante electrónico.
  • Corregir una factura ya entregada sin emitir la nota de crédito correspondiente. La comunicación de baja solo procede si el comprobante aún no fue entregado al cliente.

Si tu empresa exporta de manera recurrente, tu plataforma de facturación electrónica debería ofrecerte:

  • Tipos de operación de exportación (0200–0208) y afectación de exportación preconfigurados, sin depender de ajustes manuales.
  • Validaciones previas al envío que detecten inconsistencias antes de que SUNAT las rechace.
  • Registro de Incoterm, país de destino y documentos de clientes extranjeros.
  • Integración vía API REST con tu ERP o sistema logístico, para facturar desde el despacho sin doble digitación.
  • Control de plazos y estado de cada comprobante (aceptado, observado, rechazado) en un solo panel.
  • Soporte técnico que conozca las reglas de exportación y reaccione cuando SUNAT actualice sus validaciones.

Con dfacturacion.com, plataforma homologada como PSE/OSE ante SUNAT, tu equipo puede emitir facturas de exportación con las validaciones correctas desde el primer comprobante, integrar la emisión con tu ERP y mantener trazabilidad completa de cada operación.

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