Facturación electrónica a través del OSE
Facturación electrónica a través del OSE
A partir del 1 de marzo del 2019 solo se permitirá realizar la facturación electrónica de comprobantes de pagos a través del Sistema de Emisión Electrónica –Operador de Servicios Electrónicos (SEE- OSE) – de acuerdo con una reciente normativa de la Sunat. Que indica que las nuevas empresas y los nuevos emisores electrónicos que inicien desde el 01/03/2019, deberán utilizar los servicios de un OSE para la validación de sus comprobantes electrónicos, el resto de empresas que ya emiten facturas electrónicas antes del 01/03/2019, serán comunicadas paulatinamente cuando deberán validar sus comprobantes a través de un OSE y dejar de utilizar el servicio que brinda Sunat.
La función del OSE es comprobar, verificar y autorizar la emisión de los comprobantes electrónicos de acuerdo al Sistema de Emisión Electrónica, en tanto entre sus obligaciones figura la presentación de declaraciones juradas del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto a la Renta (IR) y permitir que la Sunat verifique la plataforma tecnológica, guardar la reserva tributaria y de la información, entre otros.
Así, se establece que el contribuyente está impedido de emitir en sistemas de emisión distintos a este y de ejercer la calidad de emisor electrónico por elección en otro sistema comprendido en el Sistema de Facturación Electrónica.
La Sunat precisó que SEE-OSE ofrece a los emisores electrónicos una oferta variada de proveedores con servidores de validación, sin embargo, también pueden brindar servicios agregados como el de monitoreo de errores o rechazos y ayudar con ello a la masificación de los comprobantes de pago electrónicos, por lo que se encuentra favorable establecer de forma gradual su uso obligatorio.